El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes los límites de las
retribuciones de los miembros de las Corporaciones Locales, que fija en
100.000 euros al año el sueldo máximo que podrá cobrar un alcalde y que
equivale a lo que perciben los secretarios de Estado de la
Administración General del Estado.
Así consta en la disposición del Real Decreto
Ley de medidas de reforma en materia de infraestructuras y de
transportes y otras medidas económicas que ha aprobado este viernes el
Consejo de Ministros, por la que se introducen en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado (PGE) los límites de las retribuciones de los
miembros de las Corporaciones Locales.
La recién aprobada ley de racionalización y
sostenibilidad de la Administración Local, más conocida como reforma
local, establecía que debían ser los Presupuestos Generales del Estado
los que determinaran anualmente el máximo total que pueden percibir los
miembros de las corporaciones locales.
En el texto de la normal ya se introducía una
tabla en la que se fijaba que el criterio que se debía tener en cuenta
como referencia a la hora determinar estas retribuciones era el sueldo
que perciben los secretarios de Estado de la Administración General del
Estado.
Así, los alcaldes de poblaciones de más de
500.000 habitantes percibirán un máximo de 100.000 euros; los de
municipios de entre 300.001 y 500.000, 90.000 euros; percibirán 80.000 euros los regidores de poblaciones de entre 150.001 y 300.000; 75.000 euros los que dirijan municipios de entre 75.001 y 150.000; 65.000 euros
los de entre 50.001 y 75.000 habitantes; 55.000 los de entre 20.001 y
50.000 personas; 50.000 euros los regidores de municipios de entre
10.001 y 20.000 habitantes; 45.000 euros los de entre 5.001 y 10.000; y
40.000 euros los alcaldes de municipios de entre 1.000 y 5.000 personas.
Asimismo, la ley fijaba que los miembros de las
corpoaraciones locales con menos de 1.000 habitantes no tendrían
dedicación exclusiva. No obstante, si se reconocía la posibilidad de
fijar una escala de retribuciones en función del grado de dedicación
parcial que desempeñaran. Así, para los que tienen una dedicación del
75% se fija un sueldo de 30.000 euros, de 22.000 euros para los que
tienen una dedicación del 50%, y de 15.000 euros para los que tienen una
dedicación del 25%.
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